Después de 20 años de lucha, SADOP consiguió que la provincia legisle y ratifique el criterio legal sostenido por el sindicato, en acciones individuales y colectivas tanto en Secretaría de Trabajo como con las soluciones acordadas con empleadores.
Esto es un logro de enorme justicia para este sector de la docencia. Sin embargo, falta aún el reconocimiento salarial en cuanto al puntaje del cargo, incorporando como mínimo al Básico del Cargo de Preceptor los 25 puntos que hoy se abonan por fuera del mismo como suma no Bonificable y no Remunerativa.
Si ere preceptor y hoy estás cumpliendo una carga horaria superior a las 4 horas 30 minutos, ésta es la normativa que se debe respetar.
Desde SADOP expresan que ante cualquier duda o negativa desde el sector empleador para respetar la norma se acerquen al sindicato para solucionar la situación.
Resolución Ministerial Nº 0629/5 (Med)
Art 1 Fijar carga horaria asociada al cargo de Preceptor -Cod. 224- en establecimientos educativos de Educación Secundaria y Educación Secundaria de Modalidad Técnica, en 6 horas cátedras diarias, resultando en un total semanal de 30 horas cátedra semanales distribuidas en partes iguales en cada día de clases, a partir de la fecha del presente acto administrativo, por lo expuesto en los considerados que anteceden.

0 Comentarios